Las personas de capacidad excepcional (EA) pueden calificar para tarjetas verdes bajo la categoría de empleo de segunda preferencia (EB-2).
A menudo, la gente confunde esto con la categoría EB-1 de capacidad extraordinaria (también conocida como «visas Einstein»).
De hecho, los criterios para obtener una tarjeta verde bajo la categoría EB-2 EA son mucho menos gravosos que lo que se requiere bajo la categoría EB-1. Sin embargo, a diferencia de la categoría EB-1, se requiere una oferta de trabajo. Un empleador no necesita pasar por el proceso de certificación laboral PERM para dicho empleado.
Una persona de capacidad excepcional debe beneficiar sustancialmente y prospectivamente la economía nacional, los intereses culturales o educativos, o el bienestar de los Estados Unidos debido a su capacidad excepcional en las ciencias, las artes o los negocios. La persona también debe tener una oferta de trabajo de un empleador de EE. UU. para prestar servicios en las ciencias, las artes, las profesiones o los negocios.
La regulación en 8 CFR 204.5(k)(2) define la capacidad excepcional en las ciencias, las artes o los negocios como tener un grado de experiencia significativamente superior al que se encuentra comúnmente.
Página relacionada:
- USCIS – Evaluación de la evidencia presentada con ciertas peticiones del Formulario I-140 (12-22-10)
Reseñas de Clientes
¡Gran trabajo!
“¡Cheryl es una genio! Si no fuera por ella, sinceramente no creo que tendría una tarjeta verde ahora. Tuve un caso difícil (basado en la visa de trabajo) que tardó años, pero con su conocimiento de la ley y experiencia, hizo todo lo posible para que funcionara. Además de su conocimiento experto de la ley, también es un placer absoluto trabajar con ella (si has trabajado con otros abogados, sabes que a menudo no es el caso).”
- Renee L., Santa Mónica, California
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Requisitos de Capacidad Excepcional
Las regulaciones de USCIS, en la sección 8 C.F.R. 204.5(k)(3), requieren que para demostrar que usted es una persona de EA en las ciencias, artes o negocios, su empleador debe presentar una petición ante el USCIS. La petición debe ir acompañada de al menos tres de los siguientes elementos:
- Un registro académico oficial que muestre que el extranjero tiene un título, diploma, certificado u otro premio de una universidad, colegio, escuela u otra institución de aprendizaje relacionada con el área de capacidad excepcional;
- Evidencia en forma de carta(s) de empleador(es) actual(es) o anterior(es) que muestre que el extranjero tiene al menos diez años de experiencia a tiempo completo en la ocupación para la cual se le busca;
- Una licencia para ejercer la profesión o certificación para una profesión u ocupación particular;
- Evidencia de que el extranjero ha comandado un salario u otra remuneración por servicios que demuestra capacidad excepcional;
- Evidencia de pertenencia a asociaciones profesionales; o
- Evidencia de reconocimiento por logros y contribuciones significativas a la industria o campo por parte de colegas, entidades gubernamentales u organizaciones profesionales o empresariales.
Si los estándares anteriores no se aplican fácilmente a su ocupación, su empleador puede presentar evidencia comparable para establecer su elegibilidad.
Personas de Capacidad Excepcional – Recursos Adicionales
- Cómo realizar una solicitud de tramitación urgente (USCIS)
- Actualización de la guía de USCIS para ocupaciones de la lista A (12-02-20)
- Decisiones no precedentes del AAO para grado avanzado, EA, Exención de interés nacional
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Carl Shusterman
El abogado de inmigración Carl Shusterman tiene más de 40 años de experiencia. Trabajó como abogado para el Servicio de Inmigración y Naturalización de los Estados Unidos (INS) desde 1976 hasta 1982, cuando comenzó su práctica privada. Ha testificado como testigo experto ante el Subcomité de Inmigración del Senado de los Estados Unidos. Carl fue destacado en la revista SuperLawyers. Hoy en día, ejerce como Consejero legal de la firma de abogados de inmigración JR.